La Gaceta
"Encontrando el gobierno la cantidad acuñada de moneda de cobre era insuficiente y por tanto era necesario seguir con la acuñación." Entre los acuerdos: 1. Se declara la circulación forzosa, en cualquier cantidad, la moneda fraccionaria de cobre. 2. Los particulares i empleados que rehusasen recibir la moneda de cobre por su valor intrínseco de un centavo, cualquiera que sea la suma que se le entregue, sufrirán una multa equivalente al duplo de la cantidad que se nieguen a recibir. 3. Al individuo a quien no se le reciba moneda de cobre por el valor intrínseco, i la cantidad que pretenda entregar, corresponderá la mitad de la multa que satisfaga la persona que haya rehusado la moneda.
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El Presidente de la República (Marco Aurelio Soto) informaba a la Cámara Legislativa: "La Casa de la Moneda ayuda eficazmente al desarrollo de los trabajos mineros, haciendo que la plata en pasta tenga valor en el mercado. La importancia del establecimiento exige que sostenga, para que continúe proporcionando sus incontestables utilidades. De muchos meses acá, ha sobrado plata para la acuñación. Esto demuestra que ya se conocen las ventajas de la Casa de la Moneda, y da el resultado de que el Establecimiento se sostenga, sin gravamen para el Eradio público".
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