YO NO DISCRIMINO A NADIE


El Art.1 del Decreto No. 56 prohíbe en la actividad de la Administración Pública toda forma de discriminación por razón de identidad de género y/o de orientación sexual, entendiendo por: DISCRIMINACIÓN DIRECTA: La causada cuando una persona es, ha sido o puede ser tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga.

Detalles